Una de las figuras más demandadas en empresas de prevención de riesgos laborales es la del recurso preventivo. Se trata de una persona, designada por la propia empresa, que tiene como función mejorar las actividades preventivas. Tal y como se especifica en el marco normativo de la Ley 54/2003 que reforma la ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Pero, ¿qué es en realidad, qué hace en la empresa, es obligatoria su presencia? Te contamos todo sobre los recursos preventivos.
El concepto de recurso preventivo
Cuando hablamos de recurso preventivo nos referimos a uno o más trabajadores que cuentan con al menos un curso básico prl como formación en prevención. Y que tienen los conocimientos y capacidades suficientes para reforzar la prevención de riesgos de la empresa. En el caso de sectores como las obras de construcción se trata de una figura obligatoria siempre y cuando se lleven a cabo trabajos con riesgos especiales.
De este modo, el recurso preventivo es el interlocutor permitido en los procedimientos de coordinación de las actividades empresariales. Asegurando que se cumplen las medidas preventivas del Plan de Seguridad y Salud y que se lleva a cabo una actividad preventiva correcta.
Requisitos de los recursos preventivos
Es la propia empresa la que debe designar a una o varias personas como recursos preventivos, en función de la actividad. Para ello debe asegurarse que cuenta con los siguientes requisitos:
- Conocimientos del sector, las actividades que se desempeñan y los procedimientos de prevención. Así como las actividades preventivas y la identificación de riesgos laborales.
- Cualificación profesional mínima.
- Experiencia en el sector.
- Formación en prevención de riesgos laborales. Como mínimo debe contar con un curso de nivel básico. Aunque lo más recomendable es que posea conocimientos ampliados a nivel medio del sector específico. En construcción por ejemplo, deber ser una educación completa más allá de un curso prl para construcción de 20 horas. Por otro lado, determinadas actividades consideradas peligrosas necesitan formación más específica, como puede ser un curso de prevención de riesgos laborales en altura.
¿Quienes pueden ser recursos preventivos?
La empresa tiene la obligación de designar a los recursos preventivos a su elección siempre que estén preparados. Aunque pueden ser distintas figuras, estas son las posibilidades que tiene a la hora de asignar la presencia de este papel:
- Trabajadores designados de la empresa.
- Miembros del servicio de prevención de la empresa.
- Miembros de los servicios de prevención ajenos contratados por la empresa.
¿Es obligatoria la presencia de un recurso preventivo en la empresa?
Como regla general no es obligatorio que haya recursos preventivos en empresas de todas las actividades. Aunque sí está previsto dentro de los siguientes tres supuestos:
- Cuando los riegos laborales puedan agravarse por la concurrencia de distintas actividades que requieran un control exhaustivo de los métodos de trabajo.
- Cuando se realicen actividades con especial peligrosidad. Como pueden ser:
- Trabajos en altura.
- Trabajos con riesgos de sepultamiento.
- Actividades con maquinaria que no cuenten con declaración CE.
- Trabajos en espacios confinados son ventilación, entradas y salidas reglamentarias o exposición a tóxicos.
- Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión, excepto los que cuenten con equipo subacuático.
- Cuando así lo requiera una Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
¿Cuáles son las responsabilidades de la figura del recurso preventivo?
Las funciones del recurso preventivo están muy claras. Su labor debe centrarse en:
- Vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas del Plan de prevención de la empresa.
- Corregir las medidas preventivas si no están cumpliendo con sus funciones.
- Informar al empresario de cualquier deficiencia en las actividades preventivas para que pueda ponerle solución lo antes posible.
Por otro lado, esta figura no es incompatible con realizar otras actividades laborales de producción o prevención.siempre y cuando pueda garantizar las funciones anteriores. O bien en los momentos en los que no esté desempeñando este papel.